DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 04/10/1996
Publicación: 30/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 851
   Visto: la gestión de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación en el sentido de declarar Monumento Histórico, el
conjunto formado por la Biblioteca Nacional, el Liceo Francés y el
edificio de la Iglesia Metodista (Tercera Iglesia de Cristo Científico)
con sus vitrales;

   Resultando: 1) que el grupo urbano formado por la Biblioteca Nacional,
el Liceo Francés, la Universidad de la República y el Instituto Alfredo
Vázquez Acevedo son una referencia característica de una zona de
Montevideo y un testimonio cultural;
 2) que también forma parte de ese conjunto la Iglesia Metodista Cristo
Científico, con su arquitectura neogótica y sus vitrales polícromos,
perfectamente integrada a los otros edificios.

   Considerando: que la Comisión del Patrimonio entiende importante
conservar el grupo urbano como modo de preservar el sitio, el carácter
institucional de los inmuebles y sus fachadas;

   Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión
del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a lo
dispuesto por la Ley 14.040 del 20 de octubre de 1971, Decreto
Reglamentario 536/72 del 1/8/72 y al numeral 1, literal g) de la
resolución Nº 966/991 del 4 de diciembre de 1991 que permite delegar
atribuciones.

 El Ministro de Educación y Cultura, en ejercicio de las atribuciones
delegadas;

                              RESUELVE:

1

   Declárase Monumento Histórico, el conjunto urbano formado por los
siguientes inmuebles: A) Biblioteca Nacional padrones 14795, 28676 y 99021
sita en 18 de Julio 1790, B) Liceo Francés padrón 14793 sito en 18 de
Julio 1772, C) Tercera Iglesia de Cristo Científico, padrón 99.022 unidad
002, con los vitrales polícromos. (*)

(*)Notas:
Literal c) redacción dada por: Resolución Nº 869/999 de 28/09/1999 numeral 
1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 1.001/996 de 04/10/1996 numeral 1.

SAMUEL LICHTENSZTEJN
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