DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 14/05/2002
Publicación: 21/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 726

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 EL CONJUNTO objeto de la declaratoria quedará afectado por los 
siguientes gravámenes: a) deberán ser exhibidos en forma permanente y 
completa (indivisible);
                       b) la ubicación y exhibición será en el Cuartel de
Dragones, manzana 5, padrón 40, calles Rafael Pérez del Puerto, José
Dodera, 25 de Mayo y 18 de Julio de la ciudad de Maldonado;
                       c) en la fachada del inmueble se colocará la
siguiente leyenda: "Cuartel de Dragones de Maldonado", "Colección de
Pintura y Escultura Nacional" "Donación de Nicolás García Uriburu". El
diseño de esta leyenda deberá ser aprobado por la Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación;
                       d) el Sr. Nicolás García Uriburu será curador
vitalicio de la colección, de acuerdo lo establecido en la cláusula sexta
del Convenio suscrito con fecha 16 de junio de 2000 entre el Estado y el
Sr. Nicolás García Uriburu;
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