OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. AQUACON S.R.L.




Promulgación: 09/09/2004
Publicación: 16/09/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: estos antecedentes elevados por la Dirección Nacional de Recursos 
Acuáticos;

RESULTANDO: I) con fecha 10 de abril de 2003, la firma AQUACON S.R.L., 
con domicilio en la calle Solano García 2646, Ap. 102 (Montevideo), 
solicitó el correspondiente Permiso para ejercer actividades de 
comercialización de productos de la pesca al por mayor;

II) la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, con fecha, 2 de julio de 
2003, expresa que se han dado los extremos previstos reglamentariamente 
para acceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con 
todas las obligaciones de información, que con fines técnicos, 
estadísticos o de investigación le fueren requeridos por dicha Dirección, 
en ejercicio de las atribuciones conferidas a la misma, por el 
decreto-ley N° 14.484, de 18 de diciembre de 1975;

CONSIDERANDO: conveniente, de acuerdo con los informes favorables 
vertidos en estos obrados, proveer en la forma aconsejada por la 
Dirección Nacional de Recursos Acuáticos;

ATENTO: a lo preceptuado por el Art. 22 de la ley N° 13.833, de 29 de 
diciembre de 1969; decreto-ley N° 14.484, de 18 de diciembre de 1975; 
decreto N° 149/997, de 7 de mayo de 1997; decreto N° 343/996, de 28 de 
agosto de 1996, decreto N° 213/997, de 18 de junio de 1997 y a lo 
informado por la División Servicios Jurídicos;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Otórgase a favor de la firma AQUACON S.R.L., con domicilio en la calle 
Solano García 2646, Ap. 102 (Montevideo), el correspondiente Permiso para 
ejercer actividades de comercialización de productos de la pesca al por 
mayor, quedando la empresa obligada al pago de las tasas por los 
conceptos previstos en la normativa vigente.

2

 La presente autorización queda condicionada a que los productos de la 
pesca a exportar se ajusten a lo que establece el decreto N° 213/997, de 
18 de junio de 1997 y concordantes.

3

 La firma interesada deberá cumplir con todas las obligaciones de 
información que, con fines técnicos, estadísticos o de investigación, le 
fueren requeridas por la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, en 
ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto-ley N° 14.484, de 
18 de diciembre de 1975.

4

 La presente autorización es sin perjuicio de las habilitaciones 
nacionales o municipales que procedan por derecho, para el ejercicio de 
la actividad en cuestión y sujeta a los contralores pertinentes.

5

 Comuníquese y, a sus efectos, vuelva a la Dirección Nacional de Recursos 
Acuáticos.-

BATLLE - MARTIN AGUIRREZABALA
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