INTERVENCION ADMINISTRATIVA DE MUTUALISTA. ASOCIACION DE EMPLEADOS CIVILES DE LA NACION. MONTEVIDEO




Promulgación: 30/10/1991
Publicación: 27/01/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 658

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   Serán cometidos de dicha Comisión Interventora:

a) dirigir la Institución con plenos poderes de administración y
   disposición  a fin de asegurar el cumplimiento de las prestaciones
   debidas a los  afiliados;

b) racionalizar los gastos;

c) atender los adeudos existentes, priorizando la consideración de lo
   créditos laborales, la correcta versión de las retenciones legales,
   y a pago de adeudos al Ministerio de Salud Pública y al Fondo Nacional
   de Recursos;

d) licitar los servicios, de internación, adecuándolos a las necesidades
   reales; y optimizando su uso;

e) prescindir del personal en condiciones de jubilarse, promoviendo
   incentivos para el eventual retiro y otros instrumentos tendientes a la
   reducción de personal;

f) redimensionar la estructura institucional a los requerimientos de la
   actual mesa de asociados; y

g) promover mecanismos transparentes de compras que permitan abatir el
   costo de los insumos requeridos.
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