AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DE UNA UNIDAD DE CUIDADOS ESPECIALES PARA ADULTOS. MUTUALISTA URUGUAY ESPAÑA




Promulgación: 04/10/1989
Publicación: 28/02/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la gestión promovida por la Organización Mutualista de 
Servicios Médicos Uruguay-España, por la que solicita autorización para 
la instalación de una Unidad de Cuidados Especiales, la que estaría 
ubicada en la planta baja del Sanatorio de la precitada Mutualista, 
vinculada a la Emergencia y Sala de Operaciones. 

   Considerando: I) Que tal inversión se encuentra comprendida en el artículo 3° del decreto 88/983 de 22 de marzo de 1983;

   II) que la División Arquitectura no formula observaciones a los plazos
presentados por la mencionada Institución;

   III) Que la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública informa favorablemente respecto a la referida solicitud.

   Atento: a lo establecido en el artículo 3° del decreto 88/983 de 22 de
marzo de 1983 y a la resolución del Poder Ejecutivo 221/983 de 26 de mayo
de 1983.

   El Ministro de Salud Pública en ejercicio de las atribuciones 
delegadas

                               RESUELVE:

1

   Autorízase a la Organización Mutualista de Servicios Médicos Uruguay-España, la instalación de una (1) Unidad de Cuidados Especiales para adultos, de acuerdo a planos y memoria de los arquitectos señores Julio Espasandín y José Vilar Del Valle.

SAMUEL VILLALBA
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