DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. MOLINO RIO URUGUAY S.A. DEROGACION RESOLUCION 412/008




Promulgación: 03/08/2009
Publicación: 17/08/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 296

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 Exonérase a la empresa MOLINO RIO URUGUAY S.A. del pago de los Impuestos
a las Rentas de la Industria y Comercio y a las Rentas de las Actividades
Económicas por UI 5.143.116, equivalente al 51% de la inversión elegible,
que será aplicable por un plazo de 3 años a partir del ejercicio
comprendido entre el 1º de diciembre de 2006 y el 30 de noviembre de 2007
inclusive o desde el ejercicio en que se obtenga renta fiscal, siempre que
no hayan transcurrido cuatro ejercicios de la declaratoria promocional. En
este caso, el referido máximo se incrementará en cuatro años y se
computará desde el ejercicio en que se haya dictado la presente
declaratoria.
El monto exonerable en cada ejercicio no podrá superar la menor de las
siguientes cifras:
a)     la inversión efectivamente realizada en el ejercicio y en
ejercicios anteriores si dichas inversiones estuvieran comprendidas en la
declaratoria promocional y no hubieran sido utilizadas a efectos de la
exoneración en los ejercicios que fueron realizadas,
b)     el monto total exonerable a que refiere el presente numeral,
deducidos los montos exonerados en ejercicios anteriores.
Este beneficio se aplicará de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del
Decreto Nº 455/007 de 26 de noviembre de 2007.
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