Visto: el decreto 425/991, de 19 de agosto de 1991, relativo al régimen
de envío de encomiendas postales internacionales.
Resultando: que se ha comprobado la existencia de una serie de
dificultades en el mencionado régimen, a cuya simplificación atiende el
Decreto referido.
Considerando: que corresponde en esta instancia instrumentar los
trámites administrativos.
Atento: a lo expuesto y a lo aconsejado en el marco del Plan de
Desregulación del Comercio Exterior y las Inversiones,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Cuando se reciban encomiendas postales, la Dirección Nacional de
Aduanas, en presencia de funcionarios de la Dirección Nacional de Correos
realizará su verificación y tasación.
AGUIRRE RAMIREZ - ENRIQUE BRAGA SILVA - MARIANO R. BRITO - GUILLERMO
GARCIA COSTA