APROBACION DE REFORMA DE ESTATUTOS DE LA FUNDACION FRANCISCO DE ASIS




Promulgación: 30/01/2009
Publicación: 11/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 265
VISTO: La solicitud de aprobación de reforma del estatuto cursada por la
FUNDACIÓN FRANCISCO DE ASIS (FASIS), con sede en el Departamento de
Maldonado.

RESULTANDO: I) La Dirección General de Registros, según Exp. 290/96,
realizó los controles correspondientes e informó que no surgen
impedimentos para aprobar la reforma del estatuto de la institución
solicitante, la que tiene personería jurídica reconocida por Resolución
del Poder Ejecutivo No. 15 de fecha 19 de febrero de 2001.

II) Que en la Reunión de fecha 16 de setiembre de 2008, el Consejo
Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada hace suyo el informe de la Esc.
Alda Gradín, que luce a fs. 274.

III) Que con fecha 20 de enero de 2009, la Dirección de Educación, en
consonancia con lo expresado en los dictámenes precedentes, sugiere
aprobar la reforma del estatuto de la "FUNDACIÓN FRANCISCO DE ASIS"
(FASIS), con sede en el Departamento de Maldonado.

ATENTO: A lo dictaminado por la Asesoría Letrada de Asociaciones Civiles y
Fundaciones de la Dirección General de Registros y por la Fiscalía de
Gobierno de 1º Turno, en aplicación de lo establecido en la Ley No. 17.163
de 1º de setiembre de 1999, el Decreto - Ley No. 15.661 de 29 de octubre
de 1984, el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 y sus modificativos,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 APRUEBASE la reforma del estatuto de la "FUNDACIÓN FRANCISCO DE ASIS"
(FASIS), con sede en el Departamento de Maldonado, y declárase que dicha
entidad continúa en el goce de la personería jurídica que le fuera
reconocida oportunamente. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 COMUNIQUESE a los interesados, a la Dirección de Educación del Ministerio
de Educación y Cultura, al Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria
Privada y a las Fiscalías de Gobierno de 1º y de 2º Turno.

3

 PASE el Exp. 290/96 con copia autenticada de la presente resolución a la
Dirección General de Registros (Asociaciones Civiles y Fundaciones) para
la inscripción respectiva y demás efectos.

TABARE VAZQUEZ - FELIPE MICHELINI 
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