VISTO: la solicitud de la empresa FRIGORIFICO LAS PIEDRAS S.A., tendiente
a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 6 de noviembre
de 2006, por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto de
inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta la necesidad de inversiones adicionales
mediante la incorporación de equipamiento y remodelando, mejorando y
pavimentando parte de la planta frigorífica;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentada por FRIGORIFICO LAS PIEDRAS
S.A. da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de
enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 6 de noviembre de
2006, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa FRIGORIFICO LAS PIEDRAS S.A. en el sentido de
incluir:
* Diecinueve mil setecientos sesenta y uno (19.761) planchuelas en
acero inoxidable.
* Cuatro mil trescientas (4.300) chapas en acero inoxidable laminadas en
frío.
* Un (1) compresor de aire.
* Cinco mil novecientos cincuenta (5.950) tornillos en acero inoxidable
de cabeza fresada.
dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral 2º, declarado
no competitivo de la industria nacional.