Autorízase a la empresa BERMICK S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº 175/003, exoneración
del Impuesto al Valor Agregado y de la Contribución al Financiamiento de
la Seguridad Social a las importaciones de bienes de activo fijo
destinados al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente, por un
monto imponible de hasta U$S 6:136.643 (dólares americanos seis millones
ciento treinta y seis mil seiscientos cuarenta y tres). (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 910/008 de 27/10/2008 numeral 1.
Ver:Texto/imagen.
Ver en esta norma, numeral:9.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 72/008 de 11/02/2008 numeral 5.