Autorízase a la empresa BERMICK S.A. a usufructuar el beneficio previsto
en el artículo 3º inciso a. del Decreto Nº 175/003, otorgamiento de un
crédito por el Impuesto al Valor Agregado y por la Contribución al
Financiamiento de la Seguridad Social incluidos en la adquisición en
plaza de bienes y servicios destinados a la construcción (infraestructura
y obra civil), por un monto imponible de hasta U$S 7:997.596 (dólares
americanos siete millones novecientos noventa y siete mil quinientos
noventa y seis).