APROBACION DE REFORMA DE ESTATUTOS DE BANCO ACAC S.A. (CREDIT URUGUAY BANCO S.A.)




Promulgación: 23/05/2005
Publicación: 27/05/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 839
VISTO: la gestión promovida por Banco "ACAC S.A." en la que solicita
modificar el artículo 1° de su estatuto social.-

RESULTANDO: I) que por Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada
el 30 de junio de 2004 se resolvió el cambio de denominación por "CREDIT
URUGUAY BANCO S.A."

CONSIDERANDO: I) que llamados a expedirse los Organismos Asesores
correspondientes, no encontraron impedimento para la solicitud
planteada.-

II) lo establecido por el artículo 411 de la Ley N° 13.892, de 19 de
octubre de 1970, artículo 4° Numeral 5°) del Decreto N° 574/974, de 12 de
julio de 1974, Ley N° 14.057, de 3 de febrero de 1972, Ley N° 15.332, de
17 de setiembre de 1982 y demás disposiciones concordantes y
complementarias.-

ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la Auditoría
Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la reforma del artículo 1° del estatuto social del Banco "ACAC
S.A.", el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°- Se
constituye la sociedad anónima denominada "Crédit Uruguay Banco S.A.",
regida por las disposiciones de los presentes estatutos y por el
ordenamiento legal vigente; en especial, por el Decreto-Ley N° 15.322, de
17 de setiembre de 1982, sus modificativos y concordantes. Su plazo será
de noventa años desde la fecha de su autorización para funcionar como
banco que otorgue el Poder Ejecutivo".-

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI
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