VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación para que sea declarada Monumento Histórico la obra
de arte denominada EL BIOMBO o LA HOJA DE BIOMBO del artista Carlos
Federico Sáez;
RESULTANDO: que esta obra está considerada como la primera manifestación
de arte no figurativo en las artes visuales de nuestro país;
CONSIDERANDO: I) que la mencionada obra de arte, además de representar la
manifestación pictórica señalada y ser un anticipo de la corriente
informalista, tuvo para el autor una importancia singular, habiéndola
integrado a otras de sus obras.
II) que esta obra representa un hito en el Arte Uruguayo, que el Poder
Ejecutivo entiende necesario preservar con la presente Resolución;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a lo establecido
en la Ley No. 14.040 del 20 de octubre de 1971, en el Decreto
Reglamentario No. 536 del 1 de agosto de 1972;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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DECLARASE Monumento Histórico la obra de arte EL BIOMBO o LA HOJA DE
BIOMBO del artista uruguayo Carlos Federico Sáez, óleo esmalte sobre tela,
medidas 56,5 cm. Por 1,69 cm.