DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. OBRA DE ARTE EL BIOMBO o LA HOJA DE BIOMBO




Promulgación: 25/07/1997
Publicación: 11/08/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 203
VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación para que sea declarada Monumento Histórico la obra
de arte denominada EL BIOMBO o LA HOJA DE BIOMBO del artista Carlos
Federico Sáez;

RESULTANDO: que esta obra está considerada como la primera manifestación
de arte no figurativo en las artes visuales de nuestro país;

CONSIDERANDO: I) que la mencionada obra de arte, además de representar la
manifestación pictórica señalada y ser un anticipo de la corriente
informalista, tuvo para el autor una importancia singular, habiéndola
integrado a otras de sus obras.

II) que esta obra representa un hito en el Arte Uruguayo, que el Poder
Ejecutivo entiende necesario preservar con la presente Resolución;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a lo establecido
en la Ley No. 14.040 del 20 de octubre de 1971, en el Decreto
Reglamentario No. 536 del 1 de agosto de 1972;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                              RESUELVE:

1

DECLARASE Monumento Histórico la obra de arte EL BIOMBO o LA HOJA DE
BIOMBO del artista uruguayo Carlos Federico Sáez, óleo esmalte sobre tela,
medidas 56,5 cm. Por 1,69 cm.

2

La mencionada obra de arte no podrá salir del país sin autorización
previa y expresa de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación;

3

COMUNIQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, Museo de Artes
Visuales, Dirección Nacional de Aduanas, Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a los propietarios de la
obra, y cumplido, archívese.

SANGUINETTI - SAMUEL LICHTENSZTEJN
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