INVERSIONES EXTRANJERAS. ALCON UNIVERSAL LTDA. ALCON LABORATORIOS URUGUAY SA. LABORATORIOS MICRON SA




Promulgación: 02/09/1982
Publicación: 15/09/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 401

6

    Establécese que durante los dos años siguientes al vencimiento del
Contrato, el inversor podrá repatriar el capital y las utilidades
acumuladas al término de su vigencia, conforme a las disposiciones
establecidas en el Contrato de Radicación y en la ley 14.179,
modificativas y concordantes.

   Las utilidades generadas con posterioridad al vencimiento del
Contrato se regirán por el derecho común.
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