Visto: la gestión de la Cruz Roja Uruguaya con respecto a lo
establecido en el inciso 2º del artículo 409 de la ley 15.903 de 10 de
noviembre de 1987.
Resultando: que por dicha norma legal se aprobó una partida de N$
4:000.000,00 (nuevos pesos cuatro millones) en carácter de Subsidio para
la Cruz Roja Internacional.
Considerando: I) Que se produjo un error en la denominación de la
institución, por cuanto correspondía citar a la Cruz Roja Uruguaya;
II) Lo establecido en el artículo 3º de la ley Nº 15.903 de 10 de
noviembre de 1987.
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
la Contaduría General de la Nación,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Modifícase el inciso 2º del artículo 409 de la ley Nº 15.903 de 10 de
noviembre de 1987 donde dice "Cruz Roja Internacional", debe decir "Cruz
Roja Uruguaya".