PERMISO DE OCUPACION A LA INTENDENCIA DE PAYSANDU DE UNA FRACCION DEL ALVEO PUBLICO DEL RIO URUGUAY, SOBRE LA ZONA QUE SE DETERMINA




Promulgación: 19/02/2018
Publicación: 02/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   RESPONSABILIDAD DEL PERMISARIO.
   Será de responsabilidad y cargo del Permisario gestionar ante los organismos competentes todas las autorizaciones, y obtener las habilitaciones que resulten necesarias, de acuerdo con la legislación vigente para el cumplimiento de sus fines (Dirección Nacional de Medio Ambiente, etc.). El Concedente no asume responsabilidad por los daños o perjuicios que pueda causar la denegatoria o condicionamiento por parte de los organismos competentes de las autorizaciones gestionadas o bien la no obtención de las mismas en tiempo y forma, sin perjuicio de las necesarias coordinaciones que puedan establecerse.
   Será de responsabilidad y cargo del Permisario, el mantenimiento en perfecto estado de conservación de la totalidad de las obras construidas y de la infraestructura instalada dentro de la fracción de álveo otorgada en Permiso. Asimismo, será responsable por todos los daños y perjuicios que la construcción o el uso de estas obras o el manejo de la infraestructura ocasionen a terceros y/o cosas.
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