Visto: la solicitud de la Asociación Uruguaya de Fútbol para organizar
concursos de pronósticos sobre los resultados de los partidos de fútbol.
Resultando: que agrega a dicha solicitud una reglamentación detallada
de la forma en que se realizarán los concursos y de la asignación de
los premios indicando la intervención que tendría la Dirección de
Loterías y Quinielas.
Considerando: I) Que dicha solicitud y reglamentación son adecuadas a
lo que establece el decreto ley antes citado;
II) Que en la misma se prevé la actuación que corresponde a la Dirección
de Loterías y Quinielas, como administradora de los fondos destinados a
solventar los certámenes de pronósticos, como lo establece el artículo 3º
del decreto ley mencionado;
III) Que corresponde dar intervención a la Inspección General de Hacienda
para que efectúe los contralores que le asigna dicho precepto.
Atento: a lo expuesto.
El Presidente de la República,
RESUELVE:
1
Autorízase a la Asociación Uruguaya de Fútbol, de acuerdo a lo
dispuesto por el decreto ley 15.552 de 21 de mayo de 1984, para organizar
concursos de pronósticos sobre resultados de los partidos de fútbol dentro
de los torneos oficiales que dicha Asociación organiza y por el período en
que se desarrolle el Campeonato Uruguayo en disputa y la Liguilla
Prelibertadores correspondiente a la temporada 1986. (*)