AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO. TRANS AMERICA S.A.




Promulgación: 04/02/1997
Publicación: 18/02/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 163
Referencias a toda la norma
   Visto: la gestión de la empresa TRANS AMERICA S.A. por la cual solicita
se le autorice a operar servicios de transporte aéreo público regular y no
regular interno e internacional de pasajeros, correo y carga.

   Resultando: que los servicios cuya autorización se tramita consisten
en: A) servicios de transporte aéreo público no regular de pasajeros,
correo y carga interno e internacional y entre terceros Estados entre sí;
B) servicios de transporte aéreo público regular interno e internacional
de pasajeros, correo y carga en las rutas Salto-Paysandú Buenos Aires y
viceversa, y La Coronilla o Aeródromos habilitados en zonas aledañas a
Buenos Aires y viceversa con extensión a Porto Alegre y viceversa y; C)
servicios de transporte aéreo público regular e internacional de carga en
la ruta Montevideo-Buenos Aires-Montevideo, desde el Aeródromo Angel S
Adami.

   Considerando: I) que la empresa dio cumplimiento a las disposiciones
contenidas en la reglamentación aprobada por el Decreto 39/977 de 25 de
enero de 1977. II) que no se han formulado objeciones a la petición.
III) que la actividad a desarrollar es de interés general ya que se
brindarán servicios en puntos que hoy carecen de los mismos, a la vez que
se posibilitará la participación de empresas nacionales en el mercado
internacional con el consiguiente beneficio para el Estado uruguayo.

   Atento: a lo informado por la Dirección General de Aviación Civil, por
la Comisión Nacional de Política Aeronáutica, por el Comando General de la
Fuerza Aérea y a lo dispuesto por el Decreto 39/977 de 25 de enero de
1977.

                    El Presidente de la República,

                              RESUELVE:

1

   Autorízase a la empresa TRANS AMERICA S A a operar los servicios de
transporte aéreo público que se detallan: A) servicios de Transporte Aéreo
público no regular de pasajeros, correo y carga interno e internacional,
B) servicios de Transporte Aéreo público regular interno e internacional
de pasajeros correo y carga en las rutas Salto-Paysandú-Buenos Aires y
viceversa, y La Coronilla o Aeródromos habilitados en zonas aledañas a
Buenos Aires y viceversa con extensión a Porto Alegre y viceversa y, C)
servicios de transporte aéreo y público regular internacional de carga en
la ruta Montevideo-Buenos Aires-Montevideo, desde el Aeródromo Angel S
Adami.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA  -  LUIS MOSCA - LUCIO CACERES
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