APROBACION DEL PROYECTO DE CONTRATO DE PRESTAMO N° 4867/OC-UR, A CELEBRARSE ENTRE URUGUAY Y EL BID - "PROGRAMA DE APOYO A LA ESTRATEGIA DE GOBIERNO DIGITAL"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo N° 4867/OC-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), destinado a contribuir a la financiación y ejecución del "Programa de Apoyo a la Estrategia de Gobierno Digital".
RESULTANDO: I) que el monto del financiamiento asciende a la suma de hasta U$S 25:000.000 (veinticinco millones de dólares de los Estados Unidos de América), el cual será amortizado en un plazo de 25 (veinticinco) años, con hasta 66 (sesenta y seis) meses de gracia y con una tasa de interés variable.
II) que el proyecto de Contrato de Préstamo N° 4867/OC-UR, fue formalmente aprobado por el Directorio Ejecutivo del BID en sesión de fecha 20 de setiembre de 2019 (Resolución DE-90/19).
III) que la República Oriental del Uruguay, actuando por intermedio de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), será el Organismo Ejecutor del referido Programa.
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Préstamo negociado, y autorizar a que el mismo sea suscrito, en nombre y representación del país, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo N° 4867/OC-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta U$S 25:000.000 (veinticinco millones de dólares de los Estados Unidos de América), destinado a contribuir a la financiación y ejecución del "Programa de Apoyo a la Estrategia de Gobierno Digital", (*) cuyo texto constituye parte integrante de la presente resolución.
El referido contrato será oportunamente otorgado y suscrito, en nombre y representación del país, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.
Desígnase, indistintamente, a los Dres. Ricardo Pérez Blanco, Marcos Álvarez Rego, Fernando Scelza y Gonzalo Muñiz Marton, para que expidan por la República los dictámenes jurídicos correspondientes.
Comuníquese y publíquese. Cumplido, vuelvan a la Unidad de Relacionamiento con Organismos Multilaterales del Ministerio de Economía y Finanzas. Archívese.