Ver vigencia: Resolución Nº 50/987 de 04/02/1987 numeral 1.
2
El Grupo se integrará con representante titular y un delegado alterno
del Instituto Nacional de Pesca (INAPE), un representante de Industria
Lobera y Pesquera del Estado (ILPE), asimismo se integrará con un
representante titular y un delegado alterno del Banco de la República
Oriental del Uruguay.