PRESTAMOS A COOPERATIVAS DE VIVIENDA. REDUCCION TASAS DE INTERES




Promulgación: 30/05/1997
Publicación: 15/07/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1286

2

  Dispónese que el período de amortización de los préstamos otorgados por
esta Secretaría de Estado a Cooperativas de Vivienda se inicie una vez
finalizado el período de gracia (determinado por el plazo declarado en el
Cronograma de Obras e Inversiones para ejecutar la obra que forma parte
del contrato), salvo en los casos en que se conceda una prórroga en el
plazo de finalización de las obras, en el cual el período de amortización
se iniciará vencido éste. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3.
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