APROBACION DEL PROYECTO DE CONTRATO DE PRESTAMO ENTRE LA CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y EL FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA PARA OBRAS DE LA RED VIAL NACIONAL




Promulgación: 29/08/2016
Publicación: 23/09/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), y el respectivo proyecto de Contrato de Garantía de la República Oriental del Uruguay (R.O.U.), así como el correspondiente Convenio de Sub-ejecución y Transferencia de Recursos del Préstamo entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) y la Corporación Vial del Uruguay S.A. (CVU) (Anexo I 4), destinado a cooperar en la ejecución del "Programa de Apoyo a Obras de la Red Vial Nacional" (Préstamo URU-18/2016).

   RESULTANDO: I) que el monto total del financiamiento asciende a la suma de U$S 27:500.000 (veintisiete millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), el cual será amortizado en un plazo de dos años, con hasta dos años y seis meses de gracia y con una tasa de interés variable.

   II) que el Préstamo antes mencionado (URU-18/2016), fue formalmente aprobado por el Directorio Ejecutivo de FONPLATA en sesión de fecha 4 de julio de 2016 (Resolución R.D. 1372/2016).

   III) que la Corporación Vial del Uruguay S.A. (CVU) será el organismo ejecutor del referido Programa.

   CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Préstamo negociado, a celebrarse entre la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), y el respectivo proyecto de Contrato de Garantía de la República Oriental del Uruguay (R.O.U.), así como el correspondiente Convenio de Sub-ejecución y Transferencia de Recursos del Préstamo entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) y la Corporación Vial del Uruguay S.A. (CVU), destinado a cooperar en la ejecución del "Programa de Apoyo a Obras de la Red Vial Nacional" (Préstamo URU-18/2016), los que serán suscritos, en representación del país, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Sub Secretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto-Ley N° 15.437 de 27 de julio de 1983 y el artículo 145 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), por un monto total de U$S 27:500.000 (veintisiete millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), destinado a cooperar en la ejecución del "Programa de Apoyo a Obras de la Red Vial Nacional" (Préstamo URU-18/2016), cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

   Apruébase el proyecto de Convenio de Sub-ejecución y Transferencia de Recursos del Préstamo a celebrarse entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) y la Corporación Vial del Uruguay S.A. (CVU), cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución (Anexo I 4). (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.
Ver en esta norma, numeral: 4.

3

   Apruébase el proyecto de Contrato de Garantía del referido Contrato de Préstamo, a suscribirse entre la República Oriental del Uruguay y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.
Ver en esta norma, numeral: 4.

4

   Los contratos referidos en los numerales 2°) y 3°) precedentes, serán oportunamente otorgados y suscritos en nombre y representación de la República por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Sub Secretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.

5

   Desígnase, indistintamente, a los Dres. Ricardo Pérez Blanco, Marcos Álvarez Rego y Gonzalo Muñiz Marton, para que expidan por la República los dictámenes jurídicos correspondientes.

6

   Dese cuenta a la Asamblea General, dentro de los treinta días de aprobados.

7

   Comuníquese, publíquese y archívese.
   


  TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - RODOLFO NIN NOVOA - VÍCTOR ROSSI
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