El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: La Resolución de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación (CPCN) que propone al Poder Ejecutivo designar como Monumento Histórico la Obra del Ing. Eladio Dieste "Gimnasio Municipal de Trinidad" en la Ciudad de Trinidad, Departamento de Flores.
RESULTANDO: I) Que la obra se inscribe en el lema del Día del Patrimonio 2016: "Educación Pública-Patrimonio Nacional, en su sentido más amplio.
II) Que se considera una construcción representativa de la obra del Ing. Eladio Dieste inscripta en la Lista Indicativa de Patrimonio Mundial.
III) Que el Sistema constructivo de cerámica armada ideado por el Ing. Dieste constituye un aporte a la tecnología constructiva universal y será candidateado para ser inscripto en la Lista de Patrimonio Mundial.
IV) Que el "Gimnasio de Trinidad" es testimonio calificado de una técnica constructiva excepcional e innovadora.
V) Que la espacialidad lograda para una estricta funcionalidad constituye una muestra de la sensibilidad espacial del Ing. Dieste.
VI) Que perteneciendo a la Intendencia de Flores y cumpliendo una función social ineludible, su mantenimiento y revalorización está asegurada, en cuanto el grado de protección del Inventario Patrimonial de Trinidad lo asegura.
VII) Que su presencia en la ciudad valoriza y caracteriza un área de homogénea arquitectura.
CONSIDERANDO: Que la Obra del Ing. Eladio Dieste "Gimnasio Municipal de Trinidad" cumple todos los requerimientos para ser designado Monumento Histórico Nacional.
ATENTO: A lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a lo dispuesto en la Ley N° 14.040 de 20 de octubre de 1971 y Decreto Reglamentario 536/72.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
DECLÁRASE Monumento Histórico Nacional la Obra del Ing. Eladio Dieste "Gimnasio Municipal de Trinidad" localizado en la 1ª Sección Judicial del Departamento de Flores, Manzana 56, Padrón 361 de la Ciudad de Trinidad.
COMUNÍQUESE al Registro de la Propiedad Inmueble de Flores, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Intendencia de Flores, Junta Departamental de Flores, a la Administración Nacional de Educación Pública, (ANEP), a la Dirección de Catastro Nacional y a la Dirección de Catastro Departamental.