Previa notificación a la empresa en el expediente, comuníquese por parte
del M.G.A.P. a la Administración Nacional de Puertos, a la Dirección
General Impositiva, a la Dirección Nacional de Aduanas, a la Oficina de
Atención al Inversor del Ministerio de Turismo, al Ministerio de Economía
y Finanzas, al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, con las
constancias del caso, remítanse estos obrados a la Comisión de Aplicación
para su archivo.