DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. YAZAKI URUGUAY S.A.




Promulgación: 21/08/2007
Publicación: 28/08/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 393
Ver vigencia: Resolución Nº 1.291/009 de 23/11/2009.
Referencias a toda la norma
VISTO: la solicitud de la empresa YAZAKI URUGUAY S.A., referente a la
fabricación y exportación de conductores de electricidad para comando de
los equipos eléctricos del vehículo (arneses eléctricos), con la finalidad
de obtener la declaratoria promocional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales;

RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la producción
incorporando nuevos productos y completando las líneas existentes;

CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;

II) que el proyecto presentado por YAZAKI URUGUAY S.A. da cumplimiento con
el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998;

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
YAZAKI URUGUAY S.A., referente a la fabricación y exportación de
conductores de electricidad para comando de los equipos eléctricos del
vehículo (arneses eléctricos).

2

   Exonérase en forma total a la empresa YAZAKI URUGUAY S.A., de todo
recargo incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero
Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general todo
tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del
siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado no competitivo
de la industria nacional:
*     40 (cuarenta) máquinas de aplicación de precintos.
*     30 (treinta) tableros de ensamble de arneses chico, de madera con
      cuadro metálico, con JIGS para ensamble de arneses.
*     36 (treinta y seis) tableros de ensamble de arneses grande, de
      madera con cuadro metálico, con JIGS para ensamble de arneses.
*     10 (diez) tableros de inspección eléctrica de arneses, de madera con
      cuadro metálico, con checkers foture para inspección eléctrica de
      arneses.
*     1.495 (mil cuatrocientos noventa y cinco) wire crimper - pinzas
      (macho) que prensan los terminales sobre cables.
*     1.426 (mil cuatrocientos veintiséis) insul crimper - pinzas (macho)
      que prensan el terminal sobre el aislante del cable.
*     1.070 (mil setenta) anvil - yunque (hembra) donde se apoyan las
      pinzas y cables.
*     1.500 (mil quinientas) portabobinas de cable.
*     1 (un) aplicador para conformar terminal al cable luego del golpe de
      la prensa CM20, de metal, compuesto por diez wire crimper,
      insulation crimper y anvil para el prensado de cables de hasta 3
      mm².
*     150 (ciento cincuenta) aplicadores.
*     190 (ciento noventa) aplicadores.
*     6 (seis) máquinas de trenzado de circuitos, para el trenzado de
      cables de hasta 5 mm².
*     12 (doce) bases de máquina de trenzado de cables, metálicas.
*     3 (tres) máquinas de soldadura de circuitos de punto por electrodo
      de cobre, con selector de parámetros.
*     3 (tres) máquinas de soldadura de circuitos de punto por electrodo
      de cobre, con selector de parámetros.
*     50 (cincuenta) electrodos de cobre para bonder.
*     50 (cincuenta) electrodos de cobre para bonder.
*     900 (novecientos) herramentales varios de aplicadores.
*     2 (dos) máquinas de prueba de fuerza dieléctrica, para medición de
      fugas de corriente en cables eléctricos.
*     3 (tres) dispositivos test para confirmación de adhesivo.
*     10 (diez) display para YACC, equipamiento electrónico para medición
      de fuerzas de aplicación.
*     10 (diez) dispositivo para display de YACC.
*     10 (diez) dispositivos de medida de herramentales de tablero,
      especiales para ajuste de JIGS.
*     10 (diez) llaves especiales para ajuste de JIGS.
*     10 (diez) switch especiales para ajuste de JIGS.
*     3 (tres) máquinas automáticas de corte y desforre de cables.
*     5 (cinco) máquinas automáticas de corte de cables y prensado de
      terminales.
*     1 (una) máquina de desforre manual usada.
*     2 (dos) máquinas de desforre intermedio con mesa.
*     17 (diecisiete) máquinas de prensado manual.
*     1 (una) máquina de joint con mesa, eléctrica monofásica 110V usada.
*     1 (una) máquina de corte y prensado automático usada.
*     1 (una) máquina encintadora manual especial usada.
*     6 (seis) máquinas encintadoras manuales standard usadas.
*     1 (un) compresor tipo rotativo a tornillo asimétrico de una etapa.
*     1 (una) máquina de desforre manual usada.
*     1 (una) máquina de soldadura de punto de estaño usada.
*     1 (una) máquina de desforre de cable blindados usada.
*     3 (tres) cortadoras automáticas de tubos.
*     3 (tres) armarios metálicos de mantenimiento con gavetas especiales
      y cerradura.
*     10 (diez) portaaplicadores YACC de estructura metálica.
*     10 (diez) carrousell YACC, de estructura metálica porta aplicadores.
*     3 (tres) impresoras de etiquetas con software.
*     20 (veinte) paneles de conveyors, con display electrónico de 50 x 50
      cm. 220V.
*     5 (cinco) máquinas de Grommett, metálicas para colocación de
      elementos de goma del aislado de habitáculo de pasajeros del motor.
*     500 (quinientos) perfiles metálicos SAO en forma de u con apoyo Mod.
      Yazaki.
*     1 (una) máquina de entrenamiento de SAO.
*     3.000 (tres mil) clamps plásticos para SAO.
*     20 (veinte) memorias flash de almacenamiento de datos de 4M.
*     270 (doscientos setenta) portabobinas plásticas de cable con tapas
      desmontables.
*     4.000 (cuatro mil) jigs parts, herramentales metálico/plásticos para
      tableros de ensamble.
*     5 (cinco) cadenas transportadoras de tableros, electro-mecánicas con
      paradas de emergencia, baliza y un tablero de control de velocidad
      del motor por VLT. Tensión: 380V 50 Hz trifásico-Potencia 750W-1420
      rpm de 12x4x2m. de dimensión.
*     5 (cinco) conveyor para 12 carros, máquina transportadora de carros
      en los cuales se montan los tableros de ensamble.
*     2 (dos) conveyor para 16 carros, máquina transportadora de carros en
      los cuales se montan los tableros de ensamble.
*     50 (cincuenta) racks metálicos y con tubos de pvc para subensamble
      de arneses.
*     10 (diez) analizadores electrónicos de prueba eléctrica YC C
      (Checker) de 110 V.
*     150 (ciento cincuenta) conjuntos de YC-C Slave, dispositivos
      electrónicos complementarios de prueba eléctrica.
*     10 (diez) lectores ópticos de códigos de barra.
*     100 (cien) sellos electrónicos plástico/metálicos de aprobación de
      arneses cuando pasan la prueba eléctrica.
*     200 (doscientos) holders plásticos de conectores de prueba eléctrica
      con forma especial.
*     150 (ciento cincuenta) cables de conexión entre slaves y prueba
      eléctrica de 50 pins.
*     200 (doscientos) holders plásticos de subensamble con forma
      especial.
*     300 (trescientos) holders de clips de prueba eléctrica.
*     2.000 (dos mil) holders de clips de ensamble.
*     1.500 (mil quinientos) holders plásticos de conectores de ensamble
      con forma especial.
*     2.500 (dos mil quinientos) tenedores de ensamble.
*     1.000 (mil) indicadores de ensamble.
*     270 (doscientos setenta) aplicadores 87 frontal/lateral.
*     10 (diez) aplicadores 90 frontal.
*     10 (diez) aplicadores joint.
*     20 (veinte) aplicadores KAM frontal
*     20 (veinte) aplicadores KAM lateral.

3

  Otórgase a la firma YAZAKI URUGUAY S.A. la exoneración prevista en el
art. 1º del Decreto Ley No. 15.548 de 17 de mayo de 1984, con la redacción
dada por el art. 419 de la Ley No. 15.903 del 10 de noviembre de 1987,
hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de US$ 1.852.818, que
será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1º/04/06 y
el 31/03/09.
En virtud del art. 3º del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento del
presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro
previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9º.
La empresa YAZAKI URUGUAY S.A., tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el
capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral, hasta el día
31/03/10.

4

  Difiérese de acuerdo a lo establecido por el literal b del art. 2º del
decreto 508/03 de 10 de diciembre de 2003, la imputación de la renta neta
fiscal no exonerada, generada por el proyecto, por un monto equivalente al
restante 50% (US$ 1.852.818) de la inversión ejecutada y financiada con
aporte propio o fondos generados en operaciones por el proyecto. La renta
que se difiere se imputará en el quinto ejercicio siguiente a aquel en que
se compromete la inversión según cronograma presentado, (1º/04/06 -
31/03/07).

5

    Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión que se declara promovido en la
presente resolución, se podrán computar como activos exentos a los efectos
de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el término de cinco años
a partir del ejercicio de su incorporación inclusive. A los efectos del
cómputo de los pasivos los citados bienes serán considerados activos
gravados.

6

 Los beneficios otorgados por esta Resolución sólo podrán utilizarse en la
misma proporción que la que exista entre la inversión ejecutada y la
inversión total comprometida en el proyecto promovido.

7

   A los efectos del control y seguimiento, la empresa YAZAKI URUGUAY S.A., deberá informar anualmente, ante la Comisión de Aplicación y en forma simultánea ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería, respecto de la implantación del proyecto durante los años de implementación física del mismo y durante los años 1 a 10, sobre la ejecución y cumplimiento de las metas del proyecto, así como del uso de los beneficios promocionales otorgados según esta Resolución.

8

 A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales dispuestos
precedentemente, la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado promovido.

9

 Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto, así como al objetivo respecto al
proyecto presentado. Su incumplimiento podrá, cuando a ello hubiere
mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la revocación de
la declaratoria promocional, de conformidad a lo dispuesto en la Ley No.
16.906, en su Art. 14º y en el Art. 13º del Decreto Ley No. 14.178, de 28
de marzo de 1974 y demás disposiciones concordantes o que se establezcan
sin perjuicio de la reliquidación de tributos, multas y recargos que
puedan corresponder en caso de verificarse el incumplimiento.

10

 Comuníquese a la Comisión de Aplicación, etc.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA - DANILO ASTORI 
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