OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. TEMIFAX S.A.




Promulgación: 17/05/2000
Publicación: 25/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la Empresa TEMIFAX S.A., a fin de que
se otorgue el de Seguro por Desempleo preceptuado en el artículo 10 del
Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981 y que abona el Banco de
Previsión Social, a 3 (tres), trabajadores de la empresa.

RESULTANDO: I) Que por la baja de actividad producida en la Industria de
la Construcción, la empresa dispuso el envío al Seguro de Desempleo a
parte de sus trabajadores.

II) Que en la actualidad no existe posibilidad de reintegrar a dichos
trabajadores en forma inmediata.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa, por lo que una extensión del
beneficio contribuirá a tal logro.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Otórgase por el plazo de 90 (noventa), días a contar desde los
respectivos vencimientos, el Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social, a 3 (tres), trabajadores de la firma TEMIFAX SOCIEDAD
ANONIMA, que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. 

2

 El monto del Subsidio que por esta Resolución se otorga, se calculara de
conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180, de
20 de agosto de 1981. 

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

BATLLE - ALVARO ALONSO
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