AUTORIZACION A LA DIRECCION DEL "DIARIO OFICIAL", A UTILIZAR LOS EQUIPOS DE MICROFILMACION PARA SATISFACER LAS DEMANDAS POR PARTE DE OTRAS INSTITUCIONES DEL ESTADO




Promulgación: 20/04/1977
Publicación: 10/05/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 664
Referencias a toda la norma

2

 Establécese que aquellos organismos del estado que soliciten los
servicios de referencia, deberán proporcionar la documentación a
microfilmar, de acuerdo a las exigencias que en cada caso se acordarán
debiendo asimismo entregar todos los materiales necesarios para llevar a
cabo tal tarea, lo que se realizará en el Departamento de Microfilmación
de dicha oficina. 
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