Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la precedente gestión formulada por el Instituto Nacional de Pesca, a los fines que se indicarán.
Resultando: I) Con fecha 10 de marzo de 1978, el señor Francisco Toth solicitó, de acuerdo con lo dispuesto por la ley 13.833, de 29 de diciembre de 1969 y decreto 711/971, de 28 de octubre de 1971, la correspondiente renovación del permiso de pesca comercial otorgado por el Poder Ejecutivo el 31 de mayo de 1978, individualizado con el No. 1091 y cuyo vencimiento operará el 21 de agosto de 1978, para la embarcación denominada "Belsa";
II) El Instituto Nacional de Pesca, previo informe de su División Jurídica, sugiere se conceda la renovación solicitada en las condiciones que indica de fs. 8 vta. a 9.
Considerando: conveniente proveer en la forma aconsejada por el Instituto Nacional de Pesca, habida cuenta que en el caso en vista se ha dado cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
Atento: a lo preceptuado por la ley 13.833, de 29 de diciembre de 1969, decreto reglamentario 711/971, de 28 de octubre de 1971, ley 14.484, de 18 de diciembre de 1975 y la resolución del Poder Ejecutivo de 3 de diciembre de 1976, que delega atribuciones,
El Ministro de Agricultura y Pesca, en ejercicio de las atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
Otórgase, en favor del señor Francisco Toth, de conformidad con lo dispuesto por la ley 13.833, de 29 de diciembre de 1969 y decreto reglamentario 711/971, de 28 de octubre de 1971, la correspondiente renovación del permiso de pesca comercial otorgado por el Poder Ejecutivo el 31 de mayo de 1973, individualizado con el No. 1.091, y cuyo vencimiento operará el 21 de agosto de 1978, para la embarcación denominada "Belsa".