REVOCACION DE LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR COMO INSTITUCION DE INTERMEDIACION FINANCIERA. LEUMI (LATIN AMERICA) S.A. (EN LIQUIDACION)




Promulgación: 23/05/2017
Publicación: 31/05/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de revocación de autorización para funcionar como empresa de intermediación financiera efectuada por Leumi (Latin America) S.A. (en liquidación).

   RESULTANDO: I) que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 6 de noviembre de 2014, la gestionante manifestó su intención de disolver, liquidar y cesar las actividades de la sociedad y comunicar dicha situación al Banco Central del Uruguay.

   II) que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 15 de abril de 2015, se resolvió la disolución anticipada de la sociedad, conforme a lo dispuesto en el numeral I) del artículo 159 de la Ley N° 16.060 de 4 de setiembre de 1989, añadiendo a su denominación social el aditamento "en liquidación".

   III) que por Resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay N° 354-2015 de fecha 21 de mayo de 2015, se dispuso inhabilitar para funcionar como institución de intermediación financiera a Leumi (Latin America) S.A. (en liquidación), a su solicitud.

   CONSIDERANDO: I) que de conformidad a lo informado por el Banco Central del Uruguay, surge que la institución financiera no tiene procesos sancionatorios en trámite ni deudas pendientes con el citado Organismo.

   II) que analizados los recaudos y los trámites cumplidos, el Banco Central del Uruguay y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas concluyeron que no existen objeciones que formular a la solicitud de revocación impetrada.

   ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 15.322 de 17 de setiembre de 1982 y demás disposiciones concordantes y complementarias, a lo informado por el Banco Central del Uruguay y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Revócase la autorización para funcionar como institución de intermediación financiera en la República Oriental del Uruguay a Leumi (Latin America) S.A. (en liquidación) por cese voluntario de sus actividades.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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