AUTORIZACION A TOGELY COMPANY S.A. A GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA




Promulgación: 11/08/2014
Publicación: 18/08/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 209
Ver vigencia: Resolución Nº 27/020 de 27/01/2020 numeral 1.
VISTO: el proyecto presentado por TOGELY COMPANY S.A., en su calidad de
fiduciaria del fideicomiso "Parque Eólico Ventus II", para la instalación
de una central generadora de energía eléctrica de 10 MW de fuente eólica.

RESULTANDO: que se solicita autorización para generar energía eléctrica
utilizando energía eólica como fuente primaria, de acuerdo a los artículos
53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica;

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 del
"Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica", aprobado por
Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, es cometido del Poder
Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;

II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía, se han cumplido
con los requisitos exigidos por la normativa vigente.

ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14694 de 1° de
setiembre de 1977, el Decreto-Ley N° 15031 de 4 de julio de 1980, con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 16211 de 1° de octubre de 1991,
la Ley N° 16832 de 17 de junio de 1997, el Decreto N° 360/002 de 11 de
setiembre de 2002, el Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010, el
Decreto N° 174/013 de 11 de junio de 2013 y lo informado por la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a TOGELY COMPANY S.A., en su calidad de fiduciaria del
fideicomiso "Parque Eólico Ventus II", a generar energía eléctrica de
fuente eólica, mediante una central generadora de 10 MW, según
anteproyecto presentado, ubicada en el padrón rural N° 567 del
departamento de Treinta y Tres, así como su conexión al "Sistema
Interconectado Nacional".

2

 Comuníquese, notifíquese, y cumplido siga a la Administración del Mercado
Eléctrico.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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