OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. POLIMEROS URUGUAYOS S.A.




Promulgación: 05/04/2001
Publicación: 19/04/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   VISTO: La solicitud de POLIMEROS URUGUAYOS S.A., a fin de que se otorgue el beneficio del Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión Social, a 5 (cinco) de sus trabajadores.

   RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la industria, ha determinado el envío de personal al Seguro por Desempleo, que en la actualidad no puede ser reintegrado.

   CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº 
15.180.

   II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10º del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 5 (cinco), 
trabajadores de la firma POLIMEROS URUGUAYOS S.A., que se encuentren en 
condiciones legales de acceder al mismo.

2

 El monto del Subsidio, que por esta resolución se concede, se liquidará 
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto-Ley Nº 15.180, 
de 20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO

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