A los efectos del control y seguimiento, la empresa "Yutextil S.A." deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía, anualmente y durante los años 1 a 5 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los exportados, sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.