FIJACION DE VEDA PARA LA EXTRACCION DE ALMEJA AMARILLA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL HASTA NUEVA RESOLUCION




Promulgación: 18/06/2007
Publicación: 28/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1313
Derogada/o por: Decreto Nº 115/018 de 24/04/2018 artículo 148.
Referencias a toda la norma
VISTO: lo dispuesto por el Art. 15 de la ley Nº 13.833, de 29 de
diciembre de 1969 y el Art. 37 del decreto Nº 149/997, de 7 de mayo de 
1997;

RESULTANDO: I) el Art. 36 del decreto Nº 149/997 declara a la almeja 
amarilla "MESODESMA MACTROIDES" como una especie plenamente explotada
y por lo tanto constituye una pesquería cerrada;

II) pese a ello y a que no se permite otorgar nuevos permisos, estudios 
realizados en los últimos años mediante proyecto conjunto de la Facultad
de Ciencias y de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, ha 
demostrado un notorio descenso del recurso, así como la no recuperación 
del mismo, debido a fenómenos de mortalidad masiva por enfermedades, cuya
causa aún no han sido dilucidadas;

CONSIDERANDO: I) razones científicas determinan se considere a la almeja 
amarilla como una especie en peligro de extinción, por lo que amerita se 
adopten medidas necesarias para evitar que se extinga dicho recurso;

II) es conveniente, en tal sentido, establecer una veda permanente para 
la extracción de la almeja amarilla "MESODESMA MACTROIDES", en todo el 
territorio nacional; 

ATENTO: a lo establecido en el Art. 15 de la ley Nº 13.833, de 29 de 
diciembre de 1969 y Art. 37 del decreto Nº 149/997, de 7 de mayo de 1997
y resolución del Poder Ejecutivo Nº 115/007, de 9 de marzo de 2007, que
delega atribuciones,

             EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA, 
               EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS
 
                              RESUELVE:

1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 391/007 de 18/06/2007 numeral 1.
Referencias al numeral

2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 391/007 de 18/06/2007 numeral 2.

3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 391/007 de 18/06/2007 numeral 3.

JOSE MUJICA
Ayuda