El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura, para que sea declarado Monumento Histórico Nacional, el inmueble conocido como el Antiguo Cuartel de Dragones ubicado en el padrón 3424 del departamento de Montevideo, localidad catastral de Montevideo, sito con frente a la calle Sarandí N° 122;
RESULTANDO: I) que cuando la ciudad de San Felipe y Santiago de Montevideo quedó debidamente protegida por la conclusión de sus fortificaciones, coincidieron en su recinto amurallado numerosos cuerpos militares, siendo uno de ellos el Cuartel de Dragones, el que se emplazaba en el padrón antes mencionado;
II) que la ubicación de dicho edificio en un área que originalmente fuera de defensa de la ciudad, le impuso características constructivas específicas, entre ellas, cimientos de piedra, paredes de gran espesor, amplio patio abierto, dependencias y habitaciones perimetrales y pequeñas aberturas al exterior;
III) que actualmente se destaca la sobriedad del edificio en concordancia a su antiguo destino militar, generando un edificio de tres niveles, que conforma la manzana delimitada por las calles Sarandí, Juan Lindolfo Cuestas, Guaraní y Buenos Aires;
IV) que desde el punto de vista arqueológico el espacio constituye una zona con alta probabilidad de contener remanentes del Cuartel de Dragones Colonial, tanto en la materialidad del inmueble como en el substrato subyacente;
CONSIDERANDO: I) que los servicios técnicos de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación han estudiado la propuesta y la información disponible, concluyendo que este edificio representa por sus características arquitectónicas y por su valor histórico - testimonial, un bien patrimonial que debería ser declarado monumento histórico nacional, constituyéndose en la edificación militar que más tiempo se ha mantenido como asiento de unidades militares;
II) que el Poder Ejecutivo animado de proteger los bienes vinculados a la historia del país en etapas de trascendencia en su proceso fundacional y colonial, acogerá lo solicitado, declarando monumento histórico nacional el inmueble conocido como el Antiguo Cuartel de Dragones de Montevideo;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 14.040, de 20 de octubre de 1971, sus modificativas, concordantes y complementarias, el Decreto N° 536/972, de 1° de agosto de 1972, el literal b) del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 409/006, de 1° de junio de 2006 y a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
- en ejercicio de atribuciones delegadas -
RESUELVE:
Declárase Monumento Histórico Nacional el inmueble conocido como el Antiguo Cuartel de Dragones ubicado en el padrón 3424 del departamento de Montevideo, localidad catastral de Montevideo, sito con frente a la calle Sarandí N° 122.
El inmueble queda afectado por las servidumbres previstas en el artículo 8 de la Ley N° 14.040, de 20 de octubre de 1971, debiendo requerirse autorización previa de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura a efectos de que las intervenciones que se pretendan realizar en el inmueble no afecten la integridad del bien patrimonial y su sustrato.
Comuníquese al Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo, a la Dirección Nacional de Catastro, a la Intendencia Departamental de Montevideo, a la Junta Departamental de Montevideo y al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Pase a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura para su registro y demás efectos que puedan corresponder.