Autorízase a la empresa HOTEL COTTAGE S.A. a usufructuar el beneficio previsto en el artículo 3° inciso b. del Decreto N° 175/003, exoneración del Impuesto al Valor Agregado y de la Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social a las importaciones de bienes destinados a la construcciones (Infraestructura y Obra Civil), cuyo listado obra anexo a la presente, por un monto imponible de hasta U$S 238,445. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 937/009 de 14/09/2009 numeral 1.
Ver:Texto/imagen.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 339/008 de 19/05/2008 numeral 3.