Ver: Resolución Nº 157/016 de 17/03/2016 numeral 1.
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RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO
Será de responsabilidad y cargo del Concesionario gestionar ante los
organismos competentes todas las autorizaciones, y obtener las
habilitaciones que resulten necesarias, de acuerdo con la legislación
vigente para el cumplimiento de sus fines. El Concedente no asume
responsabilidad por los daños o perjuicios que pueda causar la denegatoria
o condicionamiento por parte de los organismos competentes de las
autorizaciones gestionadas o bien la no obtención de las mismas en tiempo
y forma, sin perjuicio de las necesarias coordinaciones que puedan
establecerse.
Será de responsabilidad y cargo del Concesionario, el mantenimiento en
perfecto estado de conservación de la totalidad de las obras construidas e
infraestructura instalada en área otorgada en concesión. Asimismo, será
responsable por todos los daños y perjuicios que la construcción o el uso
de esas obras e infraestructura ocasionen a terceros.