CONCESION DE USO PRIVATIVO. ALVEO Y AGUAS PUBLICAS. CENTRO DE ECOTURISMO S.R.L.




Promulgación: 19/05/2008
Publicación: 28/05/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1186
 Ver:  Resolución Nº 157/016 de 17/03/2016 numeral 1.

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 OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO
a) Obras
El Concesionario está obligado a realizar la totalidad de las obras
propuestas que cuenten con la aprobación de la Administración. Una vez
finalizadas las obras deberá comunicarlo a la Administración a través del
Organo de Control y dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes, el
Concesionario deberá presentar los planos conforme a obra, a los efectos
de su aprobación por parte de la Dirección Nacional de Hidrografía del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Una vez extinguida la concesión, las obras construidas o infraestructura
instalada en el área objeto de la concesión serán de dominio público sin
derecho a indemnización de especie alguna. En caso que la Administración
entendiera no conveniente mantenerlas total o parcialmente, el
Concesionario se obliga a realizar el retiro de las mismas, a su cargo y
en el tiempo y forma que disponga la Administración, debiendo devolver al
lugar su conformación previa a la ejecución del emprendimiento.
b) Seguros
Mientras esté vigente la Concesión, el Concesionario deberá contar con
seguros acordes con las características y actividades de su emprendimiento
(ejecución de obras, prestación de servicios, etc.), tales como:
* Responsabilidad civil a nombre conjunto del Concesionario y de la
Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas contra cualquier daño que pueda sobrevenir a bienes, personas o
al medio ambiente por la ejecución de obras o la realización de
actividades en el área o instalaciones involucradas por la concesión, en
forma tal de mantener indemne al Concesionario y a la mencionada Dirección
Nacional hasta la finalización de la Concesión.
* Seguro de resguardo de los bienes que se integren al área objeto de la
Concesión (riesgos parciales y totales).
* Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que ampare a todo el
personal que preste servicios o cumpla tareas para el Concesionario.
La contratación de los seguros que se prevén y cualquier deducible que se
establezca, serán de cargo del Concesionario y en modo alguno limitarán,
restringirán o novarán las obligaciones y responsabilidades del
Concesionario, quien será responsable frente a cualquier evento o
siniestro que origine cualquier tipo de daños, conforme a derecho.
Todas las pólizas de seguro deberán contar con la aprobación de la ya
citada Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas. A tal efecto el Concesionario le entregará previamente los
modelos de póliza para su consideración,  quedando obligado a efectuar el
cambio de compañía de seguros y/o las modificaciones en las pólizas que
indique la mencionada Dirección Nacional y a presentar nuevamente las
pólizas que reemplacen a las observadas.
c) Información
El Concesionario se obliga a mantener a la Administración, a través del
Organo de Control, adecuadamente informada de cualquier circunstancia que
pudiera afectarla, así como a suministrarle toda la información que le
solicite y las facilidades físicas para el cumplimiento de las funciones
de control de la misma.
En particular y sin perjuicio de otra información que le sea requerida, el
Concesionario deberá presentar anualmente a la Dirección Nacional de
Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a través del
Organo de Control, un informe técnico sobre el estado de conservación de
las obras e infraestructura construida dentro del área otorgada en
concesión, indicando las tareas de mantenimiento necesarias para asegurar
las condiciones óptimas de conservación comprometidas.
Toda presentación de información por parte del Concesionario, se hará de
acuerdo a las formalidades que oportunamente establezca la Administración
a través del Organo de Control. En particular, toda la documentación
técnica que se presente deberá contar con la firma de los técnicos
responsables (título avalado por la Universidad de la República), en
idioma español y cuatro vías: original en papel, tres copias papel y copia
en soporte informático (archivos.doc y .dwg).
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