Autorízase a la empresa UDEMAN S.A., a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3º, Inciso 2º, del Decreto Nº 291/995
(exoneración del Impuesto al Valor Agregado a la importación de bienes,
destinados a la construcción, infraestructura y obra civil), en relación
al siguiente rubro y por hasta un monto imponible de U$S 900.000 (dólares
americanos novecientos mil): cubierta metálica. (*)