OTORGASE A LA DIRECCION GENERAL DE COMERCIO AREA ZONAS FRANCAS LA OCUPACION DE UNA FRACCION DEL ALVEO PUBLICO DEL RIO URUGUAY




Promulgación: 28/05/2007
Publicación: 04/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1103
Ver: Resolución Nº 918/020 de 09/11/2020 numeral 1 (declara extinto el 
permiso de ocupación de una fracción del álveo público del Río Uruguay).

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 DRAGADO
Otórgase a BELWOOD COMPANY S.A., en su calidad de Usuario de la Zona Franca de Nueva Palmira, un permiso precario y revocable, para efectuar las obras de dragado necesarias para la ejecución de las instalaciones en Zona Franca y posibilitar el atraque y maniobra de buques. La ejecución de las obras será coordinada en forma previa con la Dirección Nacional de Hidrografía. Dichas obras estarán a cargo de BELWOOD COMPANY S.A., debiendo cumplir con la normativa vigente en la materia. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 6.
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