Otórgase a la firma "Curtiembre Branaa S.A." la exoneración prevista en
el Art. 1º del decreto ley 15.548 de 17 de mayo de 1984, hasta un monto
máximo generador de U$S 27.093.00, que deben integrarse al capital social
dentro del plazo de 24 meses a partir del ejercicio iniciado el 1º de
agosto de 1986. La empresa tendrá un plazo máximo de 30 meses a partir del
1º de agosto de 1986 para realizar las modificaciones estatutarias y
trámites judiciales que correspondan, para ampliar el capital autorizado y
emitir las acciones correspondientes al capital integrado, de acuerdo a lo
antedicho.