Serán cometidos de la Comisión Interventora, administrar la Institución,
asegurando su normal funcionamiento; regularizar las deficiencias
comprobadas; disponer la reestructura administrativa necesaria para el
cumplimiento de sus fines e investigar las causas y responsabilidades y
dar intervención a la justicia ordinaria si se comprobara la comisión de
delitos. Para el cumplimiento de sus cometidos la Comisión Interventora
tendrá un plazo de ciento ochenta días el que será prorrogable por igual
período siempre que medie un pedido fundado de la Comisión treinta días
antes de su vencimiento.