APROBACION DE RESOLUCION DE AVIACION CIVIL 161/005. CIELOS DEL SUR SA




Promulgación: 16/01/2007
Publicación: 22/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 130
VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea (Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica) para que se apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional 161/05 de 14 de junio de 2005.

RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó a la empresa argentina CIELOS DEL SUR S.A. (AUSTRAL LINEAS AEREAS), a operar servicios de transporte aéreo público internacional, regular y no regular de pasajeros, correo y carga, en las rutas Buenos Aires - Rosario - Punta del Este y viceversa, y Buenos Aires - Córdoba - Punta del Este y viceversa.

CONSIDERANDO: I) lo preceptuado por el Decreto 39/977 de fecha 25 de enero de 1977.

II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el artículo 2do. de la reglamentación aprobada por el Decreto 1124/941 de 4 de junio de 1941, el cual faculta a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA), a adoptar decisiones en casos que considere de urgencia como el presente, donde se entendió conveniente no retardar el comienzo de la operación de los servicios de transporte aéreo gestionado por la empresa referida.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica y por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase en los términos del artículo 2do. de la reglamentación 
aprobada por el Decreto 1124/941 de 4 de junio de 1941, la Resolución de
la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
161/05 de 14 de junio de 2005, por la que se autorizó a la empresa
argentina CIELOS DEL SUR S.A. (AUSTRAL LINEAS AEREAS), a operar 
servicios de transporte aéreo público internacional regular y  no 
regular de pasajeros, correo y carga, en las rutas Buenos Aires - 
Rosario - Punta del Este y viceversa, y Buenos Aires - Rosario - Punta 
del Este y viceversa, y Buenos Aires - Córdoba - Punta del Este y viceversa. 

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea (Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica), a sus efectos. Cumplido, archívese. 

TABARE VAZQUEZ - AZUCENA BERRUTTI - MARIO BERGARA - VICTOR ROSSI - JORGE 
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