APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. CONVENIO DE COOPERACION CIENTIFICA




Promulgación: 11/03/2003
Publicación: 19/03/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 443
VISTO: la gestión promovida por el Instituto Antártico Uruguayo para la 
suscripción de un Convenio a celebrarse entre el mencionado Instituto y 
la "International Commission Glacier Caves and Karst in Polar Regions" 
(GLAC+KIPR).-

RESULTANDO: I) que ambas partes reconocen mutuamente su respectiva 
competencia para la realización de los proyectos glaciológicos que 
generan y desarrollan así como suscribir el Convenio de Cooperación 
Científica a efectos de implementar los medios para la consecución de los 
objetivos encuadrados en los programas científicos del Instituto 
Antártico Uruguayo y en el Proyecto GLACKMA (GLAciares, CrioKarst y Medio 
Ambiente).-

II) que ambas Organizaciones encararán el desarrollo de investigaciones 
que refieren, entre otras, a la respuesta de los glaciares subpolares 
ante el calentamiento global, monitoreo para el registro de la descarga 
hídrica, interpretar resultados obtenidos y publicar los mismos.-

CONSIDERANDO: I) que ello contribuye a aunar esfuerzos al servicio de 
intereses nacionales, promoviendo a la vez generación de vínculos que 
redundarán en beneficios institucionales y sociales para ambas partes, 
siendo de interés la celebración del Convenio referido.-

II) que el Tribunal de Cuentas de la República realizó la intervención 
preventiva que le compete, sin formular observaciones.-

III) que es necesario designar representante del Ministerio de Defensa 
Nacional-Instítuto Antártico Uruguayo, para la firma de la documentación 
respectiva.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Instituto 
Antártico Uruguayo, la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa 
Nacional y por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia 
de la República, a lo establecido en el numeral 2 del Reglamento de 
Organización y Funcionamiento del Instituto Antártico Uruguayo aprobado 
por el artículo 1ro. del Decreto 555/994 de 15 de diciembre de 1994 y a 
lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 
de 21 de octubre de 1991.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase la suscripción del Convenio a celebrarse entre el Ministerio 
de Defensa Nacional-Instituto Antártico Uruguayo y la "International 
Commission Glacier Caves and Karst in Polar Regions" (GLAC+KIPR), que 
tiene por objeto la cooperación científica a efectos de implementar los 
medios para la consecución de los objetivos encuadrados en los programas 
científicos del Instituto Antártico Uruguayo y en el Proyecto GLACKMA 
(GLAciares, CrioKarst y Medio Ambiente), en los términos que luce de 
fojas uno a dos del expediente administrativo del Ministerio de Defensa 
Nacional 2002062669 que se considera parte integrante de la presente 
Resolución.- (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

 Desígnase representante del Ministerio de Defensa Nacional- Instituto 
Antártico Uruguayo, para la firma de la documentación respectiva, al 
señor Presidente del mencionado Instituto.-

3

 Comuníquese, publíquese, pase a la Asesoría Notarial del Ministerio de 
Defensa Nacional y al Instituto Antártico Uruguayo a sus efectos. 
Cumplido, vuelva y archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU - GUILLERMO VALLES



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