AUTORIZACION A USUARIO DE ZONA FRANCA. RIVERA




Promulgación: 13/04/1993
Publicación: 27/04/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

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    La presente autorización se concede por un plazo de treinta años a
contar de la fecha de la presente resolución. Dicho plazo se otorga bajo
la condición de que Riodam S.A. cumpla el proyecto y habilite el
funcionamiento de la Zona Franca, dentro del término de veinticuatro meses
a contar de la fecha. En caso de incumplimiento de esta condición y al
margen de las facultades que le reconoce la legislación vigente, el Poder
Ejecutivo, si lo estima oportuno y conveniente, podrá revocar el presente
acto de autorización dando por caduco el plazo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 14.
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