APROBACION DE TARIFAS. DIARIO OFICIAL. MAYO 1992




Promulgación: 12/05/1992
Publicación: 26/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 446
    Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Impresiones y
Publicaciones Oficiales, Programa 002, Unidad Ejecutora 002, inciso 11,
Ministerio de Educación y Cultura, solicitando la aprobación del Poder
Ejecutivo de las tarifas de costo de página y publicaciones del Diario
Oficial, que deberán regir a partir del día de la notificación de la
presente resolución.

    Resultando: I) Que, de acuerdo al artículo 373 de la ley 15.809 de 8
de abril de 1986, la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones
Oficiales, remitió para su consideración el costo de impresión de la
página del Diario Oficial;

     II) Que el Diario Oficial agrega al citado costo, los gastos
correspondientes a papel de diario y otros indirectos, proponiendo las
tarifas  pertinentes;

     III) Que no existen objeciones de carácter contable que opongan a lo
solicitado.

     Considerando: que corresponde resolver en consecuencia.

     Atento: a lo antes expuesto, a lo informado por la Contaduría
Central del Ministerio de Educación y Cultura y al artículo 332 de la
ley 16.170,

                        El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

  Fíjense los siguientes precios para el pago de los trabajos de impresión
por página del Diario Oficial, por parte de la Dirección Nacional de
Impresiones y Publicaciones Oficiales, los que regirán a partir del día de
la notificación de la presente resolución y hasta nueva disposición.
  Costo de página N$ 43.790 (nuevos pesos cuarenta y tres mil setecientos
noventa).
Referencias al numeral

LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA
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