CREDITOS PRESUPUESTALES. REFORMA DEL ESTADO. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA




Promulgación: 10/03/2004
Publicación: 17/03/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 505

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 Apruébase a partir del 1º de julio de 1998, la reasignación de los 
créditos presupuestarios hasta un monto anual de $ 378.189,oo (pesos 
uruguayos trescientos setenta y ocho mil ciento ochenta y nueve), a 
valores del 30 de junio de 1998, los que se incrementarán en los 
porcentajes que determine el Poder Ejecutivo para sueldos, en los 
destinos y montos que se detallan a continuación:
Concepto                     Objeto del gasto     Ejercicio     Permanente
1 - Bonificación por
excelencia en desempeño           042.062          9.115,oo      18.230,oo
1 - Mayor responsabilidad y
especialización                   042.090         51.820,oo     103.640,oo
2 - Tareas de similar
responsabilidad                   047.002         84.620,oo     169.240,oo
3 - sueldo anual complementario     059           11.370,oo      22.740,oo
4 - Aporte patronal sistema
seguridad social                    081           31.100,oo      62.201,oo
5 - Otros aportes patronales sobre
retribuciones                       082            1.569,oo       3.138,oo
                                   Total         189.094,oo     378.189,oo
El crédito reasignado fue ajustado en el monto de $ 111.568,oo (pesos 
uruguayos ciento once mil quinientos sesenta y ocho), a valores del 30 de 
junio de 1998, correspondiente a la habilitación de crédito ya efectuada 
por Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de diciembre de 1999 y con 
destino al Objeto del Gasto 042.062 "Bonificación por excelencia en 
desempeño" y sus respectivas cargas legales.-
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