Apruébase a partir del 1º de julio de 1998, la reasignación de los
créditos presupuestarios hasta un monto anual de $ 378.189,oo (pesos
uruguayos trescientos setenta y ocho mil ciento ochenta y nueve), a
valores del 30 de junio de 1998, los que se incrementarán en los
porcentajes que determine el Poder Ejecutivo para sueldos, en los
destinos y montos que se detallan a continuación:
Concepto Objeto del gasto Ejercicio Permanente
1 - Bonificación por
excelencia en desempeño 042.062 9.115,oo 18.230,oo
1 - Mayor responsabilidad y
especialización 042.090 51.820,oo 103.640,oo
2 - Tareas de similar
responsabilidad 047.002 84.620,oo 169.240,oo
3 - sueldo anual complementario 059 11.370,oo 22.740,oo
4 - Aporte patronal sistema
seguridad social 081 31.100,oo 62.201,oo
5 - Otros aportes patronales sobre
retribuciones 082 1.569,oo 3.138,oo
Total 189.094,oo 378.189,oo
El crédito reasignado fue ajustado en el monto de $ 111.568,oo (pesos
uruguayos ciento once mil quinientos sesenta y ocho), a valores del 30 de
junio de 1998, correspondiente a la habilitación de crédito ya efectuada
por Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de diciembre de 1999 y con
destino al Objeto del Gasto 042.062 "Bonificación por excelencia en
desempeño" y sus respectivas cargas legales.-