Autorízase a la empresa RONDILCOR S.A. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3º inciso a. del Decreto Nº 175/003, un crédito
por el Impuesto al Valor Agregado incluido en la adquisición de materiales
y servicios utilizados para la obra civil prevista en el Proyecto, por UI
4:721.589. Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo procedimiento
que rige para los exportadores.