APROBACION DEL PROYECTO DE MODIFICACION DEL ESTATUTO DE LA "CAJA DE AUXILIO Y SEGURO DE ENFERMEDAD DEL LATU (CASELATU)"




Promulgación: 22/09/2022
Publicación: 30/09/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de modificación del estatuto de la "CAJA DE AUXILIO Y SEGURO DE ENFERMEDAD DEL LATU (CASELATU)";

   RESULTANDO: que la referida Caja presentó de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011 y del Decreto N° 221/011, de 27 de junio de 2011, los siguientes recaudos: a) proyecto de estatuto de "CAJA DE AUXILIO Y SEGURO DE ENFERMEDAD DEL LATU (CASELATU)" adaptado a la nueva normativa, b) estudio técnico que demuestra la viabilidad financiera de la referida Caja de Auxilio;

   CONSIDERANDO: I) que la Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Seguridad Social formuló observaciones, las que fueron subsanadas según informe letrado de fecha 5 de agosto de 2021;

   II) que las actuaciones fueron remitidas al Ministerio de Economía y Finanzas con la finalidad de realizar el estudio de viabilidad financiera de conformidad con lo previsto en el artículo 31 del Decreto N° 221/11, de 27 de junio de 2011;

   III) que realizado el estudio antes mencionado, los asesores del Ministerio de Economía y Finanzas concluyeron en informe final de fecha 29 de junio de 2015 que: "...no existirían observaciones a realizar respecto a la sostenibilidad financiera de CASELATU";

   IV) que con posterioridad y de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011 las actuaciones fueron remitidas al Banco de Previsión Social; éste formuló sendas observaciones que fueron subsanadas por parte de los representantes de la Caja de Auxilio que nos ocupa;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las previsiones de los artículos 17 y 23 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011, así como de los artículos 30 a 34 del Decreto N° 221/011, de 27 de junio de 2011;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   APRUÉBASE el proyecto de modificación del estatuto de la "CAJA DE AUXILIO Y SEGURO DE ENFERMEDAD DEL LATU (CASELATU)", el cual se adjunta como Anexo (*) a esta Resolución y que es parte integrante de la misma.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

   REGÍSTRESE ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, publíquese el nuevo estatuto y la presente Resolución en el Diario Oficial.

   BEATRIZ ARGIMÓN - PABLO MIERES
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