FIJACION DE UN REGIMEN ESPECIAL DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA




Promulgación: 19/02/2021
Publicación: 26/02/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver vigencia: Resolución Nº 95/021 de 30/06/2021 numeral 1.

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   Para tener derecho al presente régimen especial se requiere:

I) Tratándose de trabajadores con remuneración mensual fija o variable,
   haber revistado en la planilla de control de trabajo al menos un (1)
   mes.

II)Tratándose de trabajadores remunerados por día o por hora, haber
   revistado como mínimo en la planilla de control de trabajo al menos el
   equivalente a veinticinco (25) jornales.

   El mínimo de relación laboral exigido deberá haberse cumplido en los doce meses inmediatos anteriores al mes de suspensión parcial por reducción.
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